Profesional de Línea Unidad Asesoría Jurídica - PRS: N° 006 -2026 - Región de Arica y Parinacota
Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil / Dirección Regional de Arica y Parinacota SNRSJ busca cubrir el cargo de Profesional de Línea Unidad Asesoría Jurídica - PRS: N° 006 -2026 - Región de Arica y Parinacota en Arica. La renta bruta ofrecida es de $1.795.022 mensuales. Las postulaciones cierran el 30 sep 2026.
| Región | Ciudad | Tipo de vacante | Nº de vacantes | Renta bruta | Cierra el |
|---|---|---|---|---|---|
| Región de Arica y Parinacota | Arica | Contrata | 1 | $1.795.022 | 30 sep 2026 |
Objetivo del cargo
Generar y asesorar en los distintos actos administrativos relativos a las temáticas institucionales, dentro del ámbito de la Dirección Regional, enmarcados en la legislación vigente y colaborando permanentemente en el control de la legalidad.
Funciones del cargo
Elaborar las resoluciones que instruyan y den curso progresivo a procesos disciplinarios, y generar seguimiento a los mismos, de acuerdo a lo establecido por la normativa.
Elaborar propuestas de actos administrativos concernientes a temas propios del Servicio a nivel Regional.
Elaborar convenios u otros instrumentos, junto con sus respectivos actos aprobatorios, orientados a generar la colaboración con instituciones externas, de acuerdo a las necesidades y requerimientos del Servicio.
Asesorar y coordinar la defensa de causas judiciales en las que el Servicio sea parte.
Otorgar soporte y asesoría en materia jurídica a otras Unidades o Subdepartamentos a nivel regional, revisando los procesos internos en cada uno de ellos.
Realizar informes en Derecho, y pronunciamientos jurídicos, según los requerimientos del Servicio.
Asesorar jurídicamente en materia de Protección de Datos Personales (Ley 19.628), y Ley del Lobby (Ley 20.730).
Desempeñar otras tareas y funciones encomendadas por su jefatura en su ámbito de acción.
Perfil del Cargo
Los siguientes elementos componen el Perfil del Cargo y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Perfil requerido
Abogado/a.
Conocimiento:
Estatuto Administrativo,
Ley N° 21.527 con modificaciones a la Ley N° 20.084, sobre Responsabilidad Penal de Adolescentes,
Ley General de Bases de Administración del Estado,
DFL N°29, año 2004 que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, Estatuto Administrativo,
Ley N° 19.886, sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios,
Ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y Ley N° 20.730, regula el Lobby,
Deseable Conocimiento en Derecho Administrativo en Servicios Públicos.
Sistemas/Programas
Microsoft Office Nivel Usuario
Experiencia sector público / sector privado
Deseable al menos 2 años de experiencia profesional en el ámbito jurídico
Competencias
Integridad
Trabajo Colaborativo
Orientación al Usuario
Comunicación Efectiva
Tolerancia a la adversidad
Gestión y Logro de Resultados
Orden y Métodos
Pensamiento conceptual
Contexto del Cargo
El Servicio Nacional de Reinserción Social Juvenil es la entidad especializada del Gobierno de Chile, responsable de administrar y ejecutar las medidas y sanciones contempladas por la ley N° 20.084, mediante la elaboración e implementación de políticas y programas que contribuyan a la modificación de la conducta delictiva y la reinserción social de los jóvenes Sus objetivos estratégicos son:
1.- Asegurar la calidad de los programas de intervención en los distintos tipos de medidas, sanciones y mediaciones contempladas en la Ley N°20.084 sobre responsabilidad penal juvenil, a través del Modelo de Intervención Especializada (MIE) mediante la implementación gradual de la institución.
2.- Coordinar la oferta programática de la red intersectorial y de la red involucrada en la implementación del modelo de intervención, de acuerdo con las necesidades de los adolescentes y jóvenes en conflicto con la Ley, y a la demanda de cobertura de atención en los territorios.
3.- Asegurar dentro del ámbito de su competencia la capacidad organizacional del Sistema de Justicia Juvenil a través de una estrategia integral que incluya la atención adecuada y oportuna de los órganos de la Administración del Estado, mejorando la accesibilidad y equidad en los servicios necesarios para mejorar la satisfacción y resultados de los adolescentes y jóvenes en la reinserción social.
Requisitos generales
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 del la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
Requisitos Específicos
Título de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado.
Aquellas personas que hayan obtenido su título profesional en el extranjero, deberán encontrarse validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente, a saber: Para todos aquellos títulos o grados que han sido otorgados por algún país en convenio con Chile:
- Mediante un reconocimiento en el Ministerio de Relaciones Exteriores
- Mediante reconocimiento en el Ministerio de Educación de Chile Para todos aquellos títulos o grados obtenidos en países que no poseen un convenio actual con Chile:
- Mediante la revalidación o reconocimiento en la Universidad de Chile.
Inhabilidades para el desempeño de la función
No haber sido condenado con la pena de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con personas menores de edad, contemplada en el inciso 2° del artículo 372 del Código Penal (Ley Nº 20.594) 21 código penal.
Documentos requeridos
Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados
Certificado Situación militar al día (Obligatorio solo para los hombres)
Declaración jurada que cumple requisitos de ingreso (art. 12 let. c), e) y f) y art. 54 DFL 1/19.653)
Etapas de selección
****EL CALENDARIO ESTA SUJETO A MODIFICACIONES SEGÚN LAS NECESIDADES DEL SERVICIO. El proceso de Selección constará de:
Admisibilidad donde se evaluará certificado de estudios y experiencia.
Evaluación donde se evaluará curricular, psicolaboral y entrevista de competencias a través de consultora externa.
Entrevista de Apreciación Global: podrá ser realizada de manera presencial o a distancia ante una comisión técnica y/o jefatura directa.
*Toda citación presencial a los postulantes se realizará con 24 horas de anticipación*. *El costo asociado al traslado para participar del proceso de selección es de responsabilidad del postulante*.
Calendarización del proceso
| Etapa | Fechas |
|---|---|
| Postulación | |
| Difusión y Plazo de Postulación en www.empleospublicos.cl | 23/09/2026-30/09/2026 |
| Evaluación | |
| Proceso de Evaluación y Selección del Postulante | 01/10/2026-29/10/2026 |
| Finalización | |
| Finalización del Proceso | 30/10/2026-02/11/2026 |