Convocatoria vigente

Profesional con Encomendación de Funciones de Matrón (a) Coordinador (a) de Neonatología

Servicio de Salud O'Higgins / Hospital San Juan de Dios de San Fernando · Ministerio de Salud

Servicio de Salud O'Higgins / Hospital San Juan de Dios de San Fernando busca cubrir el cargo de Profesional con Encomendación de Funciones de Matrón (a) Coordinador (a) de Neonatología en San Fernando. La renta bruta ofrecida es de $2.301.654 mensuales. Las postulaciones cierran el 05 oct 2026.

Región Ciudad Tipo de vacante Nº de vacantes Renta bruta Cierra el
Región del Libertador General Bernardo O'Higgins San Fernando Contrata 1 $2.301.654 05 oct 2026

Objetivo del cargo

Coordinar, organizar, programar, supervisar y controlar la gestión de matronería de la Unidad de Neonatología, asegurando la continuidad y calidad de la atención de los recién nacidos, el cumplimiento de protocolos y programas establecidos, y la adecuada coordinación del recurso humano, insumos, equipamiento y unidades de apoyo, en conjunto con el Médico Jefe de la Unidad.

Perfil del Cargo

Los siguientes elementos componen el Perfil del Cargo y servirán para evaluar a los/las postulantes.

Perfil requerido

Título Profesional  de Matrón/a de una universidad reconocida por el Estado de Chile.

Experiencia sector público / sector privado

Acreditar una experiencia profesional como Matrón (a) según requisitos alternativos del DFL-10 (punto 3.2 de la pauta de selección)

Competencias

Orientación a la Eficiencia / Trabajo en Equipo / Orientación al Usuario / Manejo de Conflictos / Planificación y Organización / Liderazgo

Requisitos generales

Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 del la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:

Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.

Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.

Tener salud compatible con el desempeño del cargo.

Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.

No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.

No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).

No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:

Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.

Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.

Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.

Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.

Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.

Documentos requeridos

Copia Cédula de Identidad

Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley

Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral

Etapas de selección

Las evaluaciones se llevarán a cabo en base a etapas sucesivas, por lo que la puntuación mínima por etapa determinará el paso a las etapas superiores. Las evaluaciones se realizarán en modalidad remota o presencial y será responsabilidad de cada postulante contar con un dispositivo con conexión a internet y los costos asociados a ello y traslado según corresponda, serán asumidos por el/la postulante.

ETAPA 1. ANALISIS ADMISIBILIDAD: Serán considerados admisibles al proceso de selección todos aquellos postulantes que cumplan con los requisitos legales, generales y específicos, y hagan envío de forma correcta de los documentos excluyentes al momento de postulación.

ETAPA 2 EVALUACIÓN CURRICULAR: se realizará la evaluación curricular de los antecedentes que sean presentados correctamente por los/las postulantes (según lo establecido en pauta de selección). Por lo tanto, quienes no alcancen el puntaje mínimo, no podrán pasar a la siguiente etapa del proceso de selección.

ETAPA 3. PRUEBA DE CONOCIMIENTOS: evaluación orientada a medir conocimientos asociados al perfil de cargo. Esta etapa tiene un puntaje máximo de 100 puntos y un puntaje mínimo de aprobación de etapa de 60 puntos. Los conocimientos que se medirán en esta evaluación son los señalados en el punto 3.4 "Conocimientos Técnicos Requeridos" de la pauta de selección asociada al proceso de selección.

ETAPA 4. EVALUACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES: En esta etapa se evaluarán competencias laborales asociadas al cargo. El método a utilizar será aquel que permita medir objetivamente las aptitudes y competencias requeridas para un adecuado desempeño. Esta etapa tiene un puntaje máximo de 100 puntos y un puntaje mínimo de aprobación de etapa de 60 puntos.

ETAPA 5. EVALUACIÓN PSICOLABORAL: En esta etapa se evaluará la idoneidad psicolaboral al perfil de cargo. Esta etapa tiene un puntaje máximo de 100 puntos y un puntaje mínimo de aprobación de etapa de 60 puntos.

ETAPA 6. EVALUACIÓN TÉCNICA: La evaluación técnica tiene como finalidad obtener una valoración global del postulante donde se indagará en aspectos relevantes en cuanto a: conocimientos técnicos y capacidad para aplicarlos adecuadamente; motivación al cargo y a la institución; y habilidades interpersonales demostradas durante esta instancia ante Comisión de Selección. Esta etapa tiene un puntaje máximo ponderado de 100 puntos y un puntaje mínimo de aprobación de etapa de 60 puntos.

PROPUESTA DE NÓMINA

Como resultado del proceso de selección, el Comité de Selección propondrá al Director/a del Hospital de San Fernando una nómina de postulantes elegibles con los más altos puntajes obtenidos en la evaluación técnica, con un mínimo de tres (3) postulantes, si los hubiere, y un máximo de cinco (5) postulantes.

El Director/a del Hospital de San Fernando podrá declarar desierto o suspender un proceso de selección, cualquiera sea su naturaleza y en cualquiera de sus etapas. Los fundamentos de cualquiera de estas decisiones, se informarán en la resolución respectiva.

NOTIFICACIÓN Y CIERRE

La Directora del Hospital de San Fernando notificará, a través de la Subdirección de Gestión y Desarrollo de las Personas, al postulante seleccionado/a, mediante el envío de un correo electrónico (indicado en su Currículum Vitae). Una vez realizada la notificación, el/la postulante deberá manifestar expresamente su aceptación al cargo, dentro del plazo de 3 días hábiles contados desde la notificación. Si así no lo hiciere, se podrá nombrar a alguno de los otros/as postulantes propuestos.

Déjese establecido que la persona seleccionada será nombrada en un empleo a Contrata que dura como máximo hasta el 31 de diciembre de cada año, relación contractual que expira en esa fecha, por el sólo ministerio de la Ley, salvo que se proponga una prórroga con a lo menos 30 días de anticipación. Los primeros 3 meses,tendrá un contrato transitorio correspondiente al período de prueba, el que será prorrogable de acuerdo a los resultados de evaluación de desempeño de su jefatura directa.

La Directora del Hospital de San Fernando podrá declarar desierto o suspender un proceso de selección, cualquiera sea su naturaleza y en cualquiera de sus etapas. Los fundamentos de cualquiera de estas decisiones, se informarán en la resolución respectiva.

Por otra parte, el Director/a del Hospital de San Fernando, a través de la Subdirección de Gestión y Desarrollo de las Personas, comunicará a los postulantes el resultado final del proceso dentro de los 30 días siguientes a su conclusión.

Calendarización del proceso

EtapaFechas
Postulación
Difusión y Plazo de Postulación en www.empleospublicos.cl24/09/2026-05/10/2026
Evaluación
Proceso de Evaluación y Selección del Postulante12/10/2026-20/11/2026
Finalización
Finalización del Proceso24/11/2026-27/11/2026
Correo de contacto: postulacioneshsf@saludohiggins.cl
Postular en el sitio oficial → Ver convocatoria oficial 📄 Ver bases (PDF)

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Datos verificados el 24 sep 2026 · Fuente: Portal Empleos Públicos, Servicio Civil de Chile · ID de convocatoria: 143362