Administrativo, Área Microbiología Gr. 19 E.U.S. DEPTO. LABORATORIO SALUD PUBLICA AMBIENTAL DE LA SEREMI SALUD TARAPACÁ.
Subsecretaría de Salud Pública / SEREMI de Salud Región de Tarapacá busca cubrir el cargo de Administrativo, Área Microbiología Gr. 19 E.U.S. DEPTO. LABORATORIO SALUD PUBLICA AMBIENTAL DE LA SEREMI SALUD TARAPACÁ. en Iquique. La renta bruta ofrecida es de $1.052.731 mensuales. Quedan solo 3 días para postular.
| Región | Ciudad | Tipo de vacante | Nº de vacantes | Renta bruta | Cierra el |
|---|---|---|---|---|---|
| Región de Tarapacá | Iquique | Contrata | 1 | $1.052.731 | 26 oct 2026 |
Objetivo del cargo
Apoyar la ejecución de los ensayos microbiológicos con aseguramiento de la calidad.
Perfil del Cargo
Los siguientes elementos componen el Perfil del Cargo y servirán para evaluar a los/las postulantes.
Perfil requerido
Licencia de enseñanza media o equivalente.
- Norma ISO Nch 17025 - Manejo de sustancias peligrosas y/o Bioseguridad. - Operador de autoclave - Técnicas básicas de laboratorio (control de calidad)
Experiencia sector público / sector privado
De preferencia de 1 a 2 años en Instituciones públicas y/o Privadas asociados a laboratorio.
Competencias
COMPETENCIAS (en las bases estan en detalle) COMPETENCIAS TRANSVERSALES: ORIENTACION A LA EFICIENCIA Y CALIDAD, TRABAJO EN EQUIPO. COMPETENCIAS INSTITUCIONALES: COMPROMISO Y RESPONSABILIDAD, CONFIDENCIALIDAD, GESTION DEL CAMBIO. COMPETENCIAS INTERPERSONALES: BUEN TRATO, COMUNICACIÓN EFECTIVA, GESTION DEL TIEMPO.
Requisitos generales
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 del la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
Ser ciudadano o extranjero poseedor de un permiso de residencia.
Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente.
Tener salud compatible con el desempeño del cargo.
Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley. Para aquellos cargos regidos por esta ley en los que se exija tener licencia de educación media, se entenderá que cumplen dicho requisito las personas con discapacidad mayores de 18 años que acrediten haber completado sus estudios en la modalidad de educación especial. Todo lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el decreto Nº 83, de 2015, del Ministerio de Educación, que aprueba criterios y orientaciones de adecuación curricular para estudiantes con necesidades educativas especiales de educación parvularia y educación básica o la normativa que lo reemplace.
No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de cinco años desde la fecha de expiración de funciones. Con todo, conforme lo establecido en el artículo 121 de este Estatuto, no será necesario el cumplimiento de dicho plazo cuando así lo determine el respectivo fiscal.
No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal.(Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 54 de la ley Nº 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
Ser director, administrador, representante y socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.
Hallarse condenado/a por crimen o simple delito.
Requisitos Específicos
Requisitos exigidos para ingresar a la Administración Pública señalados en el artículo 12 de la Ley Nº 18.834 sobre Estatuto Administrativo:
a) Ser ciudadano(a);
b) Haber cumplido con la Ley de reclutamiento y movilización, cuando fuere procedente;
c) Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
d) Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley;
e) No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria;
f) No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado por delito que tenga asignada pena de crimen o simple delito. Sin perjuicio de lo anterior, tratándose del acceso a cargos de auxiliares y administrativos, no será impedimento para el ingreso encontrarse condenado por ilícito que tenga asignada pena de simple delito, siempre que no sea de aquellos contemplados en el Título V, Libro II, del Código Penal. (Cambio vigente desde el 15.10.2013, según Ley 20.702).
No estar afecto a las inhabilidades e incompatibilidades administrativas establecidas en los artículos 54 y 56 de la ley N º 18.575 Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado:
a) Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más, con el Servicio.
b) Tener litigios pendientes con el Servicio, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
c) Ser director, administrador, representante o socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Servicio.
d) Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Servicio hasta el nivel de jefe de departamento inclusive.
e) Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Servicio, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.
Documentos requeridos
Copia Cédula de Identidad
Copia de certificado que acredite nivel Educacional, requerido por ley
Copia de Certificados que acrediten capacitación, postítulos y/o postgrados
Copia de Certificados o documentos que acrediten experiencia laboral
Certificado Situación militar al día (Obligatorio solo para los hombres)
Declaración jurada que cumple requisitos de ingreso (art. 12 let. c), e) y f) y art. 54 DFL 1/19.653)
Etapas de selección
PRIMERA FASE: Evaluación de Antecedentes Curriculares
Esta fase corresponde a la revisión y evaluación de los currículos de los(as) postulantes considerando la formación educacional y experiencia profesional.
La formación educacional se debe acreditar mediante certificado, al igual que las capacitaciones, que deberán contener fecha y cantidad de horas, y se deberán adjuntar a la postulación.
Respecto a la experiencia profesional, se entenderá por el desempeño profesional propiamente tal desde la fecha de la obtención del respectivo título.
En cambio, la experiencia laboral se alcanza a través de la aplicación efectiva de los conocimientos adquiridos en el respectivo periodo de formación y se acredita a través de certificados o documentos que indiquen las funciones desempeñadas, el periodo en el cual se ejecutaron las actividades y/o cualquier otra condición importante que sea relevante para el cargo al que postula.
En el caso de determinarse la presencia de sólo un/a postulante y que reúna las competencias para el cargo, se entenderá habilitado para continuar con el proceso, el Comité de selección deberá declararlo como aprobado para seguir su curso.
SEGUNDA FASE: Entrevista en Profundidad
En esta fase, se evaluará la adecuación de los(as) candidatos(as) que aprueben la fase anterior, respecto del nivel de competencias, adecuación psicolaboral y compromiso con la función pública requerida para la ocupación del cargo.
Esta evaluación se llevará a cabo en la Región de Tarapacá o vía zoom para otras Regiones. Se considerará que los(as) postulantes al cargo, al presentar sus antecedentes al proceso, se encuentran en conocimiento de este punto y asumen los gastos de traslado y tiempo que impliquen las citaciones en caso de no residir en la zona.
Los resultados obtenidos por los/as candidatos/as según esta evaluación, son recomendable, Recomendable con Observaciones y No recomendable. Solo las personas evaluadas como Recomendables o Recomendables con Observaciones pueden pasar a la siguiente fase. TERCERA FASE: Entrevista de Valoración Global
La fase de valoración global consiste en la realización de una entrevista efectuada por el comité de selección, donde se evaluará las aptitudes generales para el cargo. Estas aptitudes comprenden competencias, capacidades, formación sistemática e idoneidad, establecidas como conveniente y aconsejable, de acuerdo a las exigencias del cargo al que se postula y del ejercicio de las funciones que tendrá asignadas.
Posteriormente a esta evaluación, se enviarán las personas finalistas para definición de la autoridad correspondiente.
Cada uno de los/as integrantes de la Comisión calificará a cada uno de los/as entrevistados/as individualmente, asignándoles notas entre el 1 al 7. Se promediará la sumatoria de las notas obtenidas, individualmente, por el número de evaluadores presentes. Finalmente, los tres mejores puntajes conformarán la terna que pase a la definición por parte del o la SEREMI correspondiente a la Región.
Esta evaluación se realizará en la región correspondiente, o vía zoom para otras regiones.
Si un(a) postulante no asiste a la entrevista de valoración global sin la debida justificación, no se le considerará para continuar en el proceso.
Luego de que se resuelva el proceso de selección, se dará aviso a través de un correo electrónico a los y las participantes que no han superado las etapas anteriores.
Ante la imposibilidad de conformar una terna, se presentará la dupla o el/la postulante considerado/a como idóneo/a para ocupar el cargo.
Calendarización del proceso
| Etapa | Fechas |
|---|---|
| Postulación | |
| Difusión y Plazo de Postulación en www.empleospublicos.cl | 20/10/2026-26/10/2026 |
| Evaluación | |
| Proceso de Evaluación y Selección del Postulante | 27/10/2026-09/11/2026 |
| Finalización | |
| Finalización del Proceso | 13/11/2026-13/11/2026 |